La Comisión Interamericana de Derechos Humanos considera que las acciones
emprendidas por el Estado venezolano para combatir la inseguridad ciudadana
"han sido insuficientes", lo cual afecta de manera negativa el goce y ejercicio de
los derechos humanos en el país.
La primera conclusión del Informe Anual de la CIDH, que fue publicado ayer, se
fundamenta en un razonamiento obvio: si en Venezuela no están garantizados los
derechos a la vida y a la integridad personal, el resto de los derechos humanos
resulta amenazado. En el documento se citan reportes de las Naciones Unidas
según los cuales en Venezuela han muerto más de 100.000 personas durante la
última década a consecuencia del crimen y la violencia.
"Los Estados deben adoptar medidas no sólo para proteger a sus ciudadanos
de violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del Estado, sino
también para prevenir y sancionar los actos de violencia entre sujetos particulares",
recuerda la CIDH.
El reordenamiento policial y el Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana
son algunos de las iniciativas para hacerle frente a la delincuencia que el Estado ha
exhibido ante los organismos internacionales de derechos humanos. "Sin embargo,
ha reconocido que garantizar plenamente el derecho a la vida, y en concreto a la
seguridad ciudadana, sigue constituyendo un desafío", se indica en el informe.
El auge de la milicia y su intervención en labores de seguridad ciudadana también
fueron analizados: "La CIDH reitera enfáticamente que el entrenamiento militar no es
adecuado para el control de la seguridad interna, por lo que el combate de la violencia
en el ámbito interno debe corresponder únicamente a una fuerza policial civil
debidamente entrenada que actúe en estricto apego a los derechos humanos. A juicio
de la Comisión, los ciudadanos que reciban entrenamiento militar no deben ser
incorporados a las estrategias de defensa interna, y tampoco debe desvirtuarse el rol
de la sociedad en relación con la seguridad de la nación.
Injusticia estructural. Por séptimo año consecutivo Venezuela fue incluida en el Capítulo
IV del Informe Anual de la CIDH, donde destacan los países "que por diversas razones
enfrenten situaciones que afecten seria y gravemente el goce y disfrute de los derecho,
consagrados en la Convención Americana o en la Declaración Americana".
Además de Venezuela, también fueron incluidos en esta especie de lista negra Colombia,
Cuba y Honduras.
La CIDH razona que en Venezuela persisten problemas estructurales que atentan contra
la efectiva vigencia de los derechos humanos, entre los cuales destaca la promulgación
de leyes restrictivas (muchas de ellas mediante decretos dictados por el Presidente de la
República), la falta de independencia del Poder Judicial, los ataques a medios y periodistas
y el hostigamiento de personas y organizaciones críticas del Gobierno.
"La Comisión ha tenido conocimiento de que durante el año 2011 se habría continuado con
el nombramiento de jueces provisorios, temporales y accidentales y que la mayoría de los
nombramientos de estos jueces se han amparado en el establecimiento de un estado
permanente de urgencia (que) expone a estos funcionarios a posibles presiones indebidas
en el ejercicio de la importante función que realizan".
Ataques a la prensa. En el informe se registran ataques y hostigamientos a periodistas, tanto
de medios privados como públicos, como expresión de la intolerancia y la polarización
política.
Se hace mención especial a las sentencias judiciales que, en opinión de la comisión,
constituyen mecanismos indirectos de censura: la condena a 30 meses de prisión e
inhabilitación política impuesta al periodista Gustavo Azócar por el delito de lucro ilegal
en actos de la administración pública; la condena al dirigente opositor Oswaldo Álvarez
Paz por el delito de difusión de información falsa, y la prohibición de circulación del
semanario Sexto Poder , así como la detención y procesamiento penal de la directora
editorial Dinorah Girón y del presidente de ese medio Leocenis García.
En el Informe Anual también se registra la aplicación de procedimientos y sanciones
administrativas contra los medios de comunicación, como la multa de 9.394.314
bolívares a Globovisión por la transmisión de los sucesos de violencia ocurridos en
las cárceles de Rodeo, en junio de 2011.
"Este tipo de normas, por su simple existencia, disuaden la emisión de informaciones
y opiniones por miedo a sanciones, y pueden llevar a interpretaciones amplias que
restringen indebidamente la libertad de expresión", refiere la CIDH en relación con la
legislación aplicada contra la prensa.
Fuente: El Nacional. Pág. Nación 2
Edgar López
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