La seguridad jurídica es claramente vulnerable al estudiar este caso
Pronto se cumplirá un año de lo que en el futuro se conocerá como
el detonante de la destrucción del sector bursátil venezolano. Esa acción tiene como origen
la denuncia de que algunas casas de bolsa realizaban operaciones de divisas ilegales sin que
mediaran títulos valores que las soportarán. Con base en eso, la Fiscalía allanó empresas,
apresó a 10 personas y ahora hay más de cincuenta casas de bolsa y sociedades de corretaje
intervenidas y/o en vías de liquidación y otro tanto entregando sus licencias para operar.
Desde el año 2003 con la instauración del régimen cambiario, el Ministerio de Finanzas y el Banco
Central crearon la plataforma legal necesaria para que la presión y la demanda de adquisición de
divisas no recayera solo en Cadivi. Así, el convenio cambiario #1 y el #4 regularon los títulos valores,
permitiendo que pudieran ser negociados en ambas monedas (Bs. y USD). Posteriormente, el BCV
emitió alrededor de ocho resoluciones en las cuales autorizaba el uso de los TICC para ser negociados
en el mercado secundario, tanto en bolívares como en dólares y en el 2007 respondió afirmativamente
a una consulta de la Asociación Bancaria a favor de esta negociabilidad en el mercado secundario de
los TICC.
A estas normativas se unió la Ley Contra Ilícitos Cambiarios que expresamente excluía las operaciones
con títulos valores de la aplicación de las penas allí previstas. Es sólo con fecha posterior al inicio de estos
casos contra las casas de bolsa cuando modifican la citada ley y eliminan las excepciones al uso de los
títulos valores, pero obviamente las leyes no tienen carácter retroactivo. Sumado a lo anterior, durante pleno
proceso judicial, se conoció de una opinión emitida por el propio consultor jurídico del Ministerio de
Finanzas en la cual se declara la legalidad y licitud de las operaciones con TICC a la Oficina de Crédito
Público.
Durante la audiencia de los imputados, la propia Fiscalía demostró, sin proponérselo, que todas las
operaciones en cuestión se realizaron con títulos valores y que no habían operaciones fraudulentas o
simuladas. Pese a esto, el juez emitió una decisión que seguramente tendrá serias repercusiones
para el sector económico, ya que la misma considera calificar de ilícito cambiario las operaciones
que se realizaron con los títulos valores denominados TICC.
Esta decisión abre la puerta para que otros sectores de la economía nacional queden expuestos.
Es este caso, la banca, los comerciantes, los industriales y, en fin, el venezolano común (dos millones
de personas naturales participaron en esas operaciones) podrían ser sujetos de investigación y detenidos
por un juez, por haber operado en un mercado creado, autorizado y utilizado por el Gobierno.
Al sector público: el acatamiento a una política cambiaria promovida por el Gobierno en un momento
determinado, no puede ser luego perseguida penalmente porque un funcionario específico le tenga aversión
al tema. Eso lo que genera es que hoy tengamos más desabastecimiento, estancamiento, reservas
mermadas y caída de las inversiones. Además, la ausencia de un mercado alternativo legal y controlado,
y su satanización no hace más que fomentar la creación de un mercado negro, sin control, que perjudica
el comercio y favorece el lavado de dinero proveniente de la corrupción, el terrorismo y el narcotráfico.
Al sector privado: lo llamo a estar prevenido, ya que la seguridad jurídica es claramente vulnerable al
estudiar este caso y esta es una decisión que impacta las actividades realizadas por un colectivo muy
superior al de las cinco casas de bolsa perseguidas inicialmente.
Esperemos que las cosas tomen racionalidad y se deseche este juicio, en pro de la seguridad jurídica y de
la estabilidad de nuestra economía.
Luisvicenteleon@gmail.com @luisvicenteleon
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